De acuerdo a lo informado por la Superintendencia de Pensiones el nuevo tope imponible mensual para calcular las cotizaciones obligatorias del sistema AFP, de salud y la ley de accidentes del trabajo subirá desde 78,3 UF a un valor de 79,3 UF.
En el caso del Seguro de Cesantía, el nuevo tope imponible será de 119 UF.
La legislación vigente establece que ambos valores deben reajustarse anualmente cuando el índice de Remuneraciones Reales, que informa el INE registre variaciones positivas durante el año anterior.
Por ello, estos nuevos topes imponibles se deben aplicar a partir del pago de las cotizaciones previsionales correspondientes a las remuneraciones de Enero 2019, las que deben pagarse hasta el 11 de febrero de este año, salvo que la operación se realice a través de medios electrónicos, plazo que llega al 13 de febrero 2019.
En Febrero 2019, el INE publicará el valor definitivo de la variación del Índice de Remuneraciones Reales del período noviembre 2017-noviembre 2018. En caso que dicha variación sea distinta de 1,3% (cifra preliminar), la Superintendencia de Pensiones deberá informar un nuevo valor para los topes imponibles que se aplican para el cálculo de las cotizaciones previsionales.
TEXTO: JOAQUIN TORRES GONZALEZ, Contador Público y Auditor.
Profesor Derecho Laboral Universidad Católica del Maule.
Ex Director Regional del Trabajo del Maule

